Seguridad y normativa

SEGURIDAD Y NORMATIVA

UNE EN 13241-1: desde el pasado 1 de mayo del 2005 es obligatorio el marcado CE de las puertas industriales, comerciales, de garaje y portones.

El marcado CE simboliza la conformidad del producto con todos los requisitos comunitarios impuestos al fabricante.

El fabricante deberá disponer de los ensayos y controles necesarios para demostrar la acreditación de los productos según la norma EN-13241-1 realizando un ensayo inicial tipo e implantar un control de producción en fábrica.

La nueva norma afecta a todas las puertas manuales  o motorizadas cuyo principal objetivo es dar seguridad de acceso a mercancías y vehículos acompañados de personas en locales industriales, locales comerciales y garajes de viviendas.

NORMAS DE APLICACIÓN

(sujetas a 4 directivas europeas)

  • Directiva de Productos de Construcción (89/106/CEE), exigible tanto para puertas manuales como automáticas.
  • Directiva de Máquinas (98/37/CEE), no exigible para puertas manuales pero sí para puertas automáticas.
  • Directiva de Baja Tensión (73/23/CEE), no exigible para puertas manuales pero sí para puertas automáticas.
  • Directiva de compatibilidad electromagnética (89/106/CEE), no exigible para puertas manuales pero sí para puertas automáticas.

http://www.aepa.ws

ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE PUERTAS MANUALES Y AUTOMÁTICAS

PRESCRIPCIONES DE SEGURIDAD BASICAS PARA  PUERTAS MOTORIZADAS

  • Limitar los esfuerzos de funcionamiento por debajo de los niveles máximos aceptables. Instalar dispositivos que impidan que la puerta en movimiento toque a las personas.
  • Límite fin de carrera. La puerta debe detenerse automáticamente y con total seguridad cuando alcance la posición de fin de carrera. Después de detenerse debe permanecer segura.
  • Riesgo de aprisionar. Las puertas motorizadas deben evitar o proteger los puntos de aplastamiento, cizallamiento y arrastre creados por el movimiento de la hoja de la puerta.
  • Puertas peatonales. Cuando están instaladas en la hoja de la puerta motorizada, el movimiento de la misma no debe ser posible mientras la peatonal no esté cerrada. Debe instalarse un dispositivo que impida el movimiento de la puerta cuando la peatonal esté abierta.